ACLARACIÓN

La aplicación de los presentes lineamientos podrá variar, dependiendo de las condiciones y características de cada uno de los inmuebles que se pretenda habilitar para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, en el entendido que durante la etapa de validación y/o revisión de la documentación que presente el interesado, se harán las observaciones que haya a lugar.​

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Última modificación:
07 de marzo de 2014 a las 12:10